Por Redacción
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El fiscal de distrito Erik Nasarenko anunció hoy que Vidal Vargas Morales (fecha de nacimiento 30/12/60), de Fillmore, fue condenado por un jurado del condado de Ventura por un delito grave de actos lascivos contra un niño de 15 años.
El tribunal también consideró cierta la acusación especial de que Morales se aprovechó de una posición de confianza para cometer el delito.
En 2013, Morales trabajó como coordinador de jóvenes para una iglesia en Fillmore. Durante ese tiempo conoció a la víctima que asistía a clases de catequesis. Entre octubre y noviembre de 2013, Morales inició comunicaciones inapropiadas con la víctima, tanto verbalmente como a través de mensajes de texto. A principios de noviembre de 2013, Morales agarró y tocó a la víctima. El crimen fue denunciado años después. Otras víctimas que tuvieron experiencias similares con Morales testificaron durante el juicio.
El fiscal de distrito adjunto Michael Kern, miembro de la Unidad de Agresión Sexual de la Oficina del Fiscal de Distrito del Condado de Ventura, procesó el caso.
«Agradezco a la víctima su valentía al denunciar el crimen y testificar en el juicio», dijo Kern. “También estoy agradecido a las víctimas adicionales que testificaron sobre sus experiencias, que se remontan a 1999, lo que demuestra el patrón continuo de conducta criminal del acusado. Si bien el veredicto de hoy nunca podrá reparar completamente el daño causado por el acusado a estas víctimas, tengo la esperanza de que esta condena ayude en el proceso de curación continuo y envíe un mensaje a otros delincuentes de que este tipo de comportamiento no será tolerado en nuestra comunidad. «
Está previsto que Morales sea sentenciado el 23 de enero de 2024 a las 8:30 am en la sala 23 del Tribunal Superior del Condado de Ventura. Continúa en libertad bajo fianza de 20.000 dólares en espera de sentencia.
Caso: 2016023855
Información del demandado:
Vidal Vargas Morales (fecha de nacimiento 30/12/60)
Fillmore
Cargos:
PC 288(c)(1) – Acto lascivo contra un niño
Alegaciones especiales:
CRC 4.421(a)(11) – El acusado se aprovechó de una posición de confianza para cometer el delito