La Suprema Corte despenaliza el aborto en México a nivel federal

Por Agencias
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La decisión unánime del máximo tribunal del país obliga a las instituciones de salud pública a prestar el servicio e impide que el personal médico pueda ser criminalizado por practicarlo.

La marea verde en México ha conseguido este martes una nueva conquista. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha despenalizado el aborto a nivel federal en todo el país.

Esta decisión unánime del máximo tribunal obliga a las instituciones de salud pública federales, como son el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o Pemex, a ofrecer el servicio de forma gratuita.

Además, indica la resolución de la Corte, en ningún caso el personal médico podrá ser criminalizado. Esta decisión es un escalón más hacia la libertad de interrumpir el embarazo, después del precedente histórico de 2021.

Hace justo dos años que la Suprema Corte apuntaló el curso de la lucha feminista. El tribunal dictaminó que ninguna mujer podía ir a la cárcel por abortar, por lo que obligaba a los jueces a desechar el caso penal cuando llegaba a sus manos.

Además, la SCJN ordenó al Estado de Coahuila —donde se había presentado la acción de inconstitucionalidad— a cambiar su código penal.

Este paso debía ser el primero para que el resto de entidades de México retirara de sus legislaciones las penas por interrumpir el embarazo, puesto que el máximo tribunal de México impide sancionarlo. Sin embargo, el avance ha sido muy irregular desde entonces y solo 11 Estados, de los 32, habían modificado sus legislaciones.

Este martes, gracias a un amparo de la organización feminista Gire, la Primera Sala de la Corte resolvió: “Es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.

Esto supone varios avances, por un lado, ya no es solo que no se pueda criminalizar el aborto, sino que las instituciones federales de salud deben prestar el servicio. Esta era una de las principales batallas de las organizaciones de derechos de las mujeres.

Además, implica modificar el Código Penal Federal para eliminar el delito de aborto, que está definido en el artículo 329 como “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”, y que contempla una pena de uno a tres años para los que “hagan abortar a una mujer”, aunque lo hagan con su consentimiento. También incluía inhabilitaciones de dos a cinco años para los médicos que lo practicaran.

“Este es el mayor avance que hemos conseguido en esta lucha”, señala Isabel Fulda, subdirectora de Gire. Por un lado, suprimir el delito de aborto del código federal “envía un mensaje” y “quita el estigma”, apunta Fulda, pero también era clave porque ese era el argumento bajo el que no se estaban practicando las interrupciones del embarazo en los centros médicos públicos.

“Que estuviera en el código penal federal se usaba como razón para negar el acceso en estas instituciones, el personal de salud se negaba a practicar abortos”, explica la activista, en función de los numerosos casos que ha acompañado Gire, “ahora se abre la puerta a estos servicios en las instituciones federales que son las que atienden a la mayor parte del país: alrededor del 70% de la población tiene IMSS, ISSSTE o IMSS Bienestar”.

Así, hace dos años que se ganó la batalla contra la criminalización, para que no haya en las cárceles mujeres por abortar. Ahora se está fraguando el verdadero acceso al aborto. “La implementación sigue siendo el gran pendiente”, afirma Fulda, “porque hay una gran brecha entre que esté permitido abortar y que realmente se pueda hacer”, explica la activista, que nombra la necesidad de insumos y de capacitación para el personal médico.

La lucha tampoco ha terminado a nivel judicial. En México se permite un acceso parcial al aborto, en la mayoría de los casos hasta las 12 semanas de embarazo, en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz —donde estaba aprobado antes de la decisión de la Corte de 2021—, y a raíz de la resolución del tribunal se aprobó en Coahuila, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Aguascalientes, este último hace apenas una semana gracias a un amparo también de Gire. Ahora falta el resto.

La organización feminista, explica su subdirectora, tiene ya presentados otros 21 amparos para los Estados que faltan por modificar su código penal. Isabel Fulda explica que eso puede provocar un efecto dominó para que los Congresos locales se adelanten y quiten el aborto de la legislación, o también puede ser al contrario: “A los Estados más conservadores les ayuda que sea la Suprema Corte quien les obligue porque así no asumen ellos el coste político”.

El faro en el horizonte es Colombia. Las organizaciones feministas colombianas consiguieron despenalizar el aborto hasta las 24 semanas, y ahora trabajan para eliminar este delito por completo de los códigos penales. “Lo de hoy ha sido un avance enorme, histórico, pero sigue acotado”, dice Fulda, “el horizonte es que el aborto salga por completo de los códigos y se regule como un servicio de salud”.