Por El Latino Newsroom
Abogados del gobierno de Estados Unidos han presentado una apelación formal sosteniendo que un juez del Tribunal de Comercio Internacional incurrió en una extralimitación de su autoridad judicial al ordenar a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza la emisión de reembolsos masivos a todas las empresas que pagaron gravámenes comerciales declarados ilegales a principios de año, incluyendo a aquellas compañías que no interpusieron demandas ni iniciaron procesos de litigio ante dicha corte.
La disputa legal se centra en la validez y el alcance de las medidas cautelares de carácter universal emitidas por tribunales federales de menor jerarquía. El Departamento de Justicia, actuando en representación de la administración del presidente Donald Trump, presentó su escrito inicial ante el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal tras haber ingresado el recurso de apelación el pasado mes de junio. La acción busca frenar y revertir el mandato que exige al gobierno federal devolver miles de millones de dólares cobrados bajo el amparo de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés).
El origen del conflicto radica en una resolución emitida el pasado febrero, cuando el Tribunal Supremo de Estados Unidos dictaminó que los impuestos aduaneros impuestos bajo la ley IEEPA resultaban contrarios a la legislación vigente. Tras dicho fallo, el juez Richard Eaton, encargado de supervisar los litigios sobre aranceles dentro del Tribunal de Comercio Internacional con sede en Nueva York, emitió una orden dirigida a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) dictaminando que la totalidad de los importadores registrados que pagaron dichos aranceles tenían derecho a la restitución de sus fondos, independientemente de si habían presentado o no una querella individual ante los tribunales.
Para fundamentar su postura en el recurso de apelación, los representantes legales del Departamento de Justicia citaron expresamente un fallo emitido por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en junio de 2025 en un caso relativo a la ciudadanía por nacimiento. En dicha decisión histórica, la máxima instancia judicial del país estableció límites rigurosos al uso de las medidas cautelares universales, argumentando que las cortes de fuero inferior no poseen las facultades constitucionales necesarias para extender el beneficio de un fallo judicial a personas o entidades comerciales que no figuren formalmente como partes litigantes dentro del expediente procesal.
Debate jurídico sobre el alcance de las medidas cautelares universales
El núcleo de la controversia constitucional radica en si el Tribunal de Comercio Internacional posee un estatus jurídico diferenciado que lo exima de las restricciones dictadas por el Tribunal Supremo sobre las órdenes judiciales universales. Mientras el Departamento de Justicia sostiene que las limitaciones aplicadas a los tribunales federales de distrito se extienden sin excepción a todas las cortes especializadas, el juez Eaton ha argumentado activamente que los principios restrictivos fijados por la máxima corte no resultan aplicables al tribunal que él preside.
En sus pronunciamientos judiciales previos, el juez Eaton razonó que el Tribunal de Comercio Internacional no fue creado bajo el esquema original de la Ley del Poder Judicial de 1789, sino que fue establecido posteriormente por el Congreso con jurisdicción nacional exclusiva sobre materias aduaneras y de comercio exterior. Según la interpretación del magistrado, la propia Constitución de Estados Unidos obliga al tribunal a mantener una aplicación uniforme de las leyes arancelarias en todo el territorio nacional, lo que a su juicio justifica dictar reparaciones universales para evitar un escenario de caos administrativo o la proliferación de decenas de miles de demandas individuales presentadas por importadores en distintas jurisdicciones.
Sin embargo, el equipo de abogados del gobierno rechazó tajantemente esta premisa en el escrito presentado esta semana ante la corte de apelaciones. En el documento oficial, los litigantes gubernamentales afirmaron categóricamente que las medidas de carácter universal dictadas por el juzgador no son compatibles bajo ninguna circunstancia con la doctrina fijada por el Tribunal Supremo sobre el alcance limitado de la equidad judicial.
»Las medidas cautelares universales del tribunal, que exigen al gobierno reembolsar los aranceles de la IEEPA a todos los importadores, incluidos los importadores que no son parte del proceso, no pueden de ninguna manera conciliarse con la jurisprudencia reciente que prohibió la emisión de mandatos con efectos erga omnes», sostuvieron los abogados gubernamentales en su alegato. El ejecutivo insiste en que permitir que un solo juez emita órdenes que obliguen al Tesoro a desembolsar cuantiosas sumas a favor de entidades no litigantes atenta contra el principio de división de poderes y desborda los límites jurisdiccionales fijados por la carta magna.
Proceso administrativo y disputas por reembolsos aduaneros
A pesar de la batalla legal en curso en las instancias de apelación, una parte sustancial de las devoluciones de dinero ya ha sido procesada por las agencias ejecutivas. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza reportó que la institución ha procesado y certificado formalmente aproximadamente 100.000 millones de dólares en reembolsos dirigidos a importadores que se vieron impactados por los gravámenes anulados.
El punto central del litigio actual no recae sobre aquellos fondos cuya devolución ya fue procesada, sino sobre un sector específico de operaciones comerciales: las empresas cuyas mercancías superaron el proceso administrativo aduanero ordinario y cuyas entradas fueron cerradas de manera definitiva por la autoridad aduanera. Según las normativas vigentes aprobadas por el Congreso, la CBP enfrenta restricciones legales estrictas que le impiden reabrir o reprocesar de oficio los expedientes de aranceles cuando los canales administrativos ordinarios de reembolso han quedado extinguidos por el paso del tiempo.
El gobierno argumenta que las empresas que se encuentren en esa situación particular no deben recibir un reembolso automático mediante un decreto judicial universal. Por el contrario, los portavoces del Departamento de Justicia aclararon que el marco legal otorga a esas compañías la facultad de presentar demandas individuales ante el Tribunal de Comercio Internacional dentro de los plazos de prescripción establecidos por la ley para reclamar la devolución de sus fondos.
De hecho, los abogados del poder ejecutivo destacaron en su escrito que el propio Tribunal de Comercio Internacional ya ha emitido cientos de órdenes individuales de devolución en el contexto de querellas promovidas de forma independiente por importadores privados. «Los importadores que aún no han presentado tales demandas pueden hacerlo perfectamente dentro del plazo legal aplicable», señalaron los representantes de la administración, insistiendo en que el respeto al debido proceso administrativo exige que cada afectado reclame formalmente sus derechos en lugar de beneficiarse de una orden generalizada. La resolución del Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal determinará los límites de las atribuciones de la corte comercial y marcará el rumbo definitivo de las reclamaciones multimillonarias.
